Opinan petición PLD está fuera de tiempo; JCE: debe ser en TSE - Pimentel en la red

Más Recientes

Nuestras Redes Sociales

Sígueme en YouTube Sígueme en Facebook Sígueme en Instagram Sígueme en WhatsApp  Sígueme en Twitter

Post Top Ad

Responsive Ads Here

miércoles, 29 de enero de 2020

Opinan petición PLD está fuera de tiempo; JCE: debe ser en TSE

Santo Domingo,- El jurista Namphi Rodríguez y el delegado del PRSC ante la JCE, Tácito Perdomo, consideraron que la petición del PLD de excluir 176 candidaturas de diferentes partidos de oposición, no procede porque los plazos ya vencieron.
Rodríguez dijo que es improcedente porque la materia electoral tiene su plazo, por lo que la Junta Central Electoral no debe admitir la petición del Partido de la Liberación Dominicana, bajo el principio de preclusión.
“Estamos hablando de que la JCE ya está imprimiendo las boletas, quiere decir que los plazos para impugnaciones ya han precluido. Los plazos están vencidos a escasos 20 días de las elecciones municipales, con las boletas impresas no se puede pretender hacer un proceso de impugnación que inestabilice el proceso electoral”, sostuvo Rodríguez.
Perdomo argumentó que el petitorio no tiene ningún valor legal, además de que está fuera de tiempo. “Esa petición no debe tener ninguna aceptación, ni de juego. Además, de que todos los plazos están prescritos, eso no tiene ningún fundamento jurídico”.
JCE: apelaciones son el TSE
El director de Elecciones de la Junta Central Electoral (JCE) aclaró ayer que las apelaciones a las candidaturas municipales son conocidas en el Tribunal Superior Electoral (TSE), tal como lo establece la Constitución y las leyes que rigen los procesos electivos del país.
Al ser cuestionado sobre la instancia que depositó el lunes el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que pide la exclusión de 176 candidatos que perdieron en las primarias de esa organización y que ahora son postulados en otras, Mario Núñez explicó que la aceptación y rechazo de los candidatos municipales son responsabilidad de las 158 juntas electorales de cada municipio, por lo que la conformación de las boletas se hacen de conformidad con las decisiones que emanan de esas instancias.
No obstante a esto, el director de Elecciones de la JCE indicó que corresponde al Pleno conocer y decidir sobre la instancia del PLD, pero que la Ley 15-19 establece que en caso de que una candidatura sea rechazada o una persona renuncie cuando las boletas electorales ya estén impresas, los votos que se emitan a favor de ella, se le computarán a la persona que le sustituya.
“Yo pienso que el estado de la impresión de las boletas está muy avanzado, estamos completando la ruta dieciséis de veintidós rutas y las rutas que faltan son más pequeñas porque las que está aquí son las que tienen más distritos municipales”, dijo.
Partidos que el PLD mencionó en la instancia
En la instancia sometida por el PLD figuran candidaturas por los partidos Al País, Alianza por la Democracia, Demócrata Institucional, Humanista Dominicano, Unidad Nacional, de los Trabajadores Dominicanos, Quisqueyano Demócrata Cristiano, Reformista Social Cristiano, Revolucionario Dominicano, Socialista Verde, Bloque Institucional Social Demócrata, Frente Amplio, Fuerza de Pueblo y el Movimiento Municipal Nigua Por el Cambio.
Por Suedi León ,-
Print Friendly, PDF & Email

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Pages